Alta en el Padrón Municipal de Habitantes de Ermua derivada de cambio de residencia procedente de algún otro municipio de España o del extranjero
Unidad tramitadora:
Secretaría. Información y Registro
Órgano de resolución:
Encargada de Estadística
Lugar de solicitud:
Información y Registro. De lunes a viernes: de 9 a 14 horas
Plazo de solicitud:
Ilimitado
Silencio administrativo:
Estimada
Destinatarios/as:
Todas aquellas personas que fijen su residencia habitual en Ermua
Documentación necesaria:
Solicitud de alta (firmada por todas las personas mayores de edad) Fotocopia del DNI de todas las personas que se empadronen (obligatorio a partir de los 14 años) Documento de representación en caso de realizar el trámite o firmar persona diferente de las personas interesadas En caso de alta de menores deberá presentarse el Libro de Familia, para acreditar que son unidad de convivencia así como los/as hijos/as a su cargo En caso de personas extranjeras se deberá presentar el Permiso de Residencia, si lo tienen, o en su defecto documentación del país de procedencia En caso de empadronamiento de menores con uno/a solo/a de los progenitores se deberá acreditar la autorización del/de la otro/a progenitor/a o tener la tutela del/de la menor, en cuyo caso deberá aportarse la sentencia de separación En vivienda ocupada: autorización de la persona empadronada como principal o en caso de vivienda vacía del/de la propietario/a adjuntando fotocopia del DNI de la persona que autoriza En vivienda propia: documento acreditativo de la ocupación de la vivienda. Será válido cualquiera de los siguientes documentos: *Escritura o contrato privado de compraventa del piso *Contrato de arrendamiento del piso *Testamento, donaciones, hipotecas *Sentencia de separación o divorcio que conceda el uso y disfrute del piso a alguno/a de los cónyuges debiendo figurar al final de la sentencia la diligencia de que aquélla es firme
Normativa legal:
Artículo 15,1 LBRL Artículos 54,1 y 70 RPDT
Importe de la tasa:
Exento
Plazo de tramitación:
Dos meses
Observaciones:
La baja en el municipio de procedencia la tramita el Ayuntamiento de la Villa de Ermua, previa aportación de la dirección completa y firma de la declaración de figurar empadronado/a en dicho municipio La Unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite