Obtener licencia para la realización de obras de pequeña entidad en el interior de locales
Unidad tramitadora:
Área Técnica. Departamento de Disciplina Urbanística
Órgano de resolución:
Teniente de Alcalde Delegado/a de Urbanismo
Lugar de solicitud:
Información y Registro. De lunes a viernes: de 9 a 14 horas
Plazo de solicitud:
Antes del inicio de la obra
Correo electrónico:
Queremos prestarle el mejor servicio y atender con prontitud su solicitud de licencia de obra mayor, por lo que agredeceremos su colaboración mediante la autorización del uso del correo electrónico como canal de comunicación, intercambio de documentación y notificación de cuantos actos administrativos le afecten en relación con su solicitud
Silencio administrativo:
Estimada
Destinatarios/as:
Todas las personas interesadas en la realización de las obras arriba detalladas
Documentación necesaria:
Solicitud Presupuesto de todos los gremios que intervengan, incluyendo mano de obra y materiales
Normativa legal:
Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Ermua, aprobado definitivamente mediante Orden Foral 18/2000, de 28 de enero Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local Texto refundido de la Ley del Suelo, aprobado por RD 1.346/1976, de 9 de abril Reglamento de Disciplina Urbanística, aprobado por RD 2.187/1978, de 23 de junio Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
Importe del tributo:
5% sobre el presupuesto de ejecución material (sin honorarios de proyecto y/o dirección, gastos generales, beneficio industrial ni IVA)
Plazo de tramitación:
20 días naturales
Observaciones:
Se conceptúan como obras de pequeña entidad en locales las obras menores realizadas en oficinas, despachos, comercios, almacenes, y similares, de reparación o renovación de terminaciones de suelos, techos o paramentos, cambio de puertas, ventanas, elementos sanitarios e instalaciones, en las que concurran las siguientes circunstancias: *No impliquen la modificación sustancial del uso o distribución del local ni se modifique el número de locales *No afecten, modifiquen o incidan sobre elementos comunes, especialmente estructura y conductos generales, ni en el aspecto exterior de la edificación; ni sobrepasen las sobrecargas con las que fueron calculadas *No impliquen una reducción en las condiciones de seguridad contra incendios, en relación con el cumplimiento de la NBE-CPI (estabilidad y resistencia al fuego de elementos constructivos, instalaciones de detección, alarma y extinción, alumbrado de emergencia, etc.) En caso de que las obras afecten al sistema estructural o a la composición de la fachada se considerarán como obra mayor, y se deberá aportar proyecto suscrito por técnico/a competente visado por el colegio oficial correspondiente En el caso de resultar necesaria la ocupación de la vía pública con mercancías, escombros, tierras, arenas, materiales de construcción, vallas, andamios, contenedores, etc., se deberá solicitar licencia de ocupación de vía pública La Unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite