Derechos ciudadanos
Adaptación del artículo 35 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y artículos 14, 15 y 16 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de carácter personal.
- Ser informados/as, orientados/as y tratados/as respetuosamente.
- Conocer la identidad de las personas responsables de los trámites.
- Acceder a los registros y archivos administrativos, siempre que no se lesionen derechos terceros o existan razones de interés público que lo impidan.
- Obtener copia sellada de los documentos originales que presente y a su devolución, siempre que deban figurar en el expediente.
- Conocer el estado de tramitación de los expedientes en que se tenga condición de persona interesada y obtener copias de los documentos.
- Formular alegaciones y aportar documentos en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia.
- No presentar documentos que no se exijan en las normas o ya estén en poder de la administración que gestione el asunto.
- Elegir el lugar y el medio para la entrega de notificaciones.
- Obtener una respuesta expresa por parte de la administración.
- Exigir responsabilidades a la administración y personal a su servicio cuando así proceda legalmente.
- Consultar el Registro General de Protección de Datos sobre el tratamiento y finalidad de sus datos y la identidad de la persona responsable del fichero.
- Rectificar, cancelar y oponerse al uso de sus datos en las condiciones previstas en la ley.
- Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes.
Si usted considera que algunos de estos derechos no es respetado puede efectuar su reclamación a través del proceso de quejas y sugerencias que el Ayuntamiento de la Villa de Ermua pone a su disposición en todas las oficinas municipales y en la web municipal.
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