Ayuntamiento de Ermua
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Entre las funciones de la Secretaría Municipal se hallan las de fe pública respecto a los actos y acuerdos de los órganos de gobierno de la Corporación; asesoramiento legal a las mismas y la asistencia al Presidente o Presidenta para el normal desarrollo de las sesiones y colaboración para el desarrollo de sus tareas.
Asimismo, tiene atribuida en exclusiva la llevanza y custodia de los Registros de Intereses de Actividades y de Bienes donde se inscriben las declaraciones formuladas por concejales y concejalas, sobre causas de posible incompatibilidad, sobre cualquier actividad que les proporcione o pueda proporcionar ingresos económicos y sobre sus bienes patrimoniales, teniendo ambos Registros carácter público de conformidad con lo dispuesto en la Ley19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno.
Todos/as los/as miembros de la Corporación, antes de tomar posesión de sus cargos deberán formular ante el Registro de Intereses, constituido en la Secretaría del Ayuntamiento, la declaración de incompatibilidades y actividades privadas, así como de los bienes patrimoniales que posean.
Todos/as los/as miembros de las Corporaciones locales están obligados/as a formular, antes de la toma de posesión del cargo de concejal/a, y con posterioridad, cuando se produzcan variaciones a lo largo de su mandato, las antecitadas declaraciones comprensivas de las actividades privadas que les proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos o afecten al ámbito de competencias de la Corporación.
Tratándose de variaciones que afecten a la declaración de un/a miembro de la Corporación sobre sus intereses y actividades, producidas con posterioridad a la toma de posesión, a lo largo de su mandato, deberá comunicarse estas variaciones al Registro de Intereses en el plazo de un mes contado a partir de la fecha en que se produjo dicha variación.
La presentación de las declaraciones ya citadas y su inscripción en el Registro de Intereses deberá efectuarla cada concejal o concejala ante el Secretario o Secretaria de la Corporación, antes de la sesión de constitución de la Corporación.
El incumplimiento de la obligación de presentar las declaraciones de incompatibilidades y actividades, y de bienes patrimoniales, respectivamente, origina, no la privación del cargo de concejal/a, sino sólo del ejercicio de las funciones propias de tal cargo, como es la participación en los órganos de gobierno municipal.
Todas las declaraciones, conforme resulta de su regulación en la normativa vigente, han de constar necesariamente de los siguientes datos: