Ayuntamiento de Ermua
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La ocupación máxima del salón de Plenos es de 74 personas, de acuerdo con lo dispuesto para los locales de pública concurrencia en el Código Técnico de la Edificación (1 persona/m²) y la normativa aplicable en materia de sobrecarga de estructuras, evacuación y seguridad contra incendios.
Dado que de estas 74 plazas 19 corresponden a los 17 concejales o concejalas y al Secretario o Secretaria y al Interventor o Interventora de la Corporación, se reservan 55 plazas para las personas que deseen asistir al Pleno como público, de las cuales 25 son sentadas y otras 30 de pie, que se ocuparán por riguroso orden de llegada el mismo día del Pleno.