Ayuntamiento de Ermua
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Se denomina Unidad de Ejecución a aquellas zonas delimitadas en el suelo urbano en el que el Plan General prevé alguna actuación edificatoria. La característica común de las Unidades de Ejecución es que el suelo pertenece a una o más personas propietarias y que además tienen una obligación de urbanización vinculada, y por ello incorporan un sistema de actuación que permita el reparto de las cargas y de los beneficios.
Se diferencian de las actuaciones asistemáticas (solares), las otras actuaciones en suelo urbano, en que éstas son actuaciones directas y el suelo pertenece siempre a una única persona propietaria o es un proindiviso.
El suelo incluido en las Unidades de Ejecución suele considerarse como suelo urbano no consolidado.
A continuación se presentan las fichas de ámbito de las Unidades de Ejecución que contempla el Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Ermua.